Las personas o entidades que tengan en mente o que desarrollen una actividad de tipo empresarial o profesional que pueda estar sujeta a retención deben saber que tienen que darse de alta en el Censo de Obligados Tributarios de la Administración Tributaria.
¿Cómo lo deben hacer? A través de la conocida como declaración censal de alta, que se acometerá empleando el modelo 036, excepto las personas físicas que harán utilización del 037, y que se puede presentar tanto de manera presencial como mediante la vía telemática.
Mediante la misma lo que se consigue es pasar a formar parte del citado censo, pero no sólo eso, mucho más. Y así lo damos a conocer en Cepresa a todos los clientes que nos reclaman ayuda para acometer dicha acción. En concreto, nuestros profesionales, titulados y con contrastada experiencia en el sector, les indican para qué otros fines pueden emplear la correspondiente declaración censal:
Para proceder a comunicar el régimen aplicable tanto en materia de IVA como de IRPF.
Para identificar las actividades que se van a realizar, lo que va a suponer darse de alta en el IAE que viene a ser el Instituto de Actividades Económicas.
Para solicitar lo que es la devolución mensual del IVA.
Para pedir que se lleve a cabo la inclusión en los pertinentes registros de operadores intracomunitarios.
Para solicitar que sea concedido un NIF, ya sea el provisional o ya sea el definitivo.
A grandes rasgos estos podemos decir que son los principales aspectos que merece la pena conocer respecto a la correspondiente declaración censal de la Agencia Tributaria. No obstante, no hay que olvidar que esa es de alta y que existen otros dos tipos más:
Declaración censal de modificación. Como su propio nombre indica, es la que se tiene que acometer cuando hayan cambiado uno o varios datos que aparecieron en el citado documento de alta, como pueden ser el domicilio, las retenciones, el IRPF…Todo eso sin olvidar que también es usada para renunciar a ciertos regímenes de tributación.
Declaración censal de baja, que es la que se utiliza para indicar a la pertinente Administración que se solicita la baja en correspondiente censo por causas tales como que se ha puesto fin a la actividad que se venía desarrollando.
Si tienes alguna duda al respecto de la declaración censal o si quieres conocer algún dato más, no dudes en consultarnos.
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