Cuando una empresa decide iniciar su expansión en el extranjero puede que quiera poner en manos de un trabajador de la plantilla esa tarea de crecimiento en otros países, pues contratar a un trabajador que ni siquiera conoce la empresa como quien, tal vez, ya lleva años en ella, y que además tendrá que tomar decisiones importantes, puede ser arriesgado si no se realiza una correcta selección.
En estos casos se le propone a un trabajador que se traslade a otro país, pues la empresa entiende que para ella es una ventaja que alguien así se encargue de esa expansión. En estos casos nos encontramos con lo que se conoce como trabajadores expatriados.
Qué son los trabajadores expatriados
Esa decisión de que un trabajador se traslade al extranjero puede haber sido tomada de manera unilateral por la empresa, pero lo más habitual es que se llegue a ella por medio de un consenso o acuerdo entre la empresa y el trabajador. En cualquier caso estaremos ante un trabajador expatriado cuando se vea obligado a realizar su trabajo para le empresa en el extranjero, ya sea de manera temporal o permanente.
Si el trabajador, en un periodo de 3 años, se encuentra durante menos de 12 meses en el extranjero, estaremos ante un desplazamiento.
Sin embargo, cuando el tiempo sea superior a los 12 meses estaremos ante un traslado.
El desplazamiento será temporal si no supera los 5 años de permanencia en el extranjero.
En el caso de los traslados nos podemos encontrar con dos situaciones que son las más habituales: que el trabajador acuerde estar un número máximo de años en el extranjero, en cuyo caso se suele conocer como traslado temporal, o que se marche de manera definitiva con un contrato indefinido en el nuevo país. En ambos casos el trabajador deja de cotizar a la Seguridad Social en España.
Dónde tributan los trabajadores expatriados
En el nuevo país de residencia. Eso quiere decir que estos trabajadores dejarán de tributar en España siempre que exista un acuerdo para evitar que se produzca la doble imposición, por la que se verían a tributar también en España.
En España. El trabajador puede mantener su residencia fiscal en nuestro país siempre que pase aquí, por lo menos, 183 días de cada año, o bien, si demuestra que España sigue siendo el país donde tiene la base de sus actividades económicas.
En el nuevo país y en España. Si el país al que se desplace el trabajador no tiene un acuerdo con España para evitar la doble imposición, se verá obligado a tributar dos veces por el mismo hecho imponible.
Dónde cotizará a la Seguridad Social un trabajador expatriado
En países de la Unión Europea.
Por lo general se abona la Seguridad Social en el nuevo país de residencia. Aunque si la expatriación no supera los 2 años el trabajador puede seguir cotizando en España, y en el caso de que el trabajador tenga su actividad en varios países, se tendrá en cuenta dónde tiene su residencia o dónde se encuentra localiza la empresa.
En países que no forman parte de la Unión Europea.
Es necesario conocer qué convenio tienen en con España para conocer dónde tendrá que cotizar el trabajador.
En países sin convenio con España.
En estos casos nos encontramos con una situación asimilada al alta de tal manera que el empresario deberá de cotizar en España por todas aquellas contingencias que no queden cubiertas en el país de nueva residencia.
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