Una de las labores más importantes que se realizan dentro de una empresa es la contratación de personal. Su enorme importancia es evidente, porque de una buena selección dependerá la producción, la estabilidad y el buen rumbo de la compañía.
Precisamente por todo lo expuesto, también se hace necesario conocer a fondo cuál es el contrato más adecuado para cada trabajador. Como son varios los existentes entre los que puedes elegir, a continuación lo que vamos a hacer es comenzar por uno de ellos, para exponerte las claves del llamado contrato por obra y servicio.
En concreto, te vamos a explicar qué es ese contrato, sus características así como las principales claves que posee. Toma nota:
Viene a ser un contrato de tipo temporal que se utiliza para hacerse con los servicios de un trabajador para, como dice su nombre, abordar un servicio o una obra concreta de la que no se conoce su tiempo de duración. Servicio u obra que tiene autonomía dentro de la empresa, es decir, que no pertenece a lo que son las actividades habituales que desempeñan los empleados de la misma.
Es importante saber también que ese documento solo estará en vigor hasta que concluya ese labor concreta. Pero no solo eso, en la actualidad se ha establecido que el mismo no podrá durar más de 3 años más 12 meses de ampliación por Convenio Colectivo. Por tanto, no puede ir más allá de los 4 años porque entonces ya no sería temporal, es decir, el trabajador pasaría a ser fijo en la empresa.
Otro factor a tener en cuenta es que ese contrato se puede hacer para jornada completa o para jornada parcial.
Debe formalizarse por escrito. Al hacerlo deben quedar claros los datos de las dos partes, el carácter de la contratación, la obra y servicio a realizar, el trabajo concreto a desarrollar por el empleado y la duración. Eso sí, esta última es meramente orientativa, aunque, como hemos expuesto, no podrá pasar de ese tiempo de 3 años más 12 meses de ampliación.
De la misma manera, no hay que pasar por alto que ese contrato finalizará por denuncia presentada de una de las partes, cuando acabe la obra o servicio o porque ha llegado a término.
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