Cuando un trabajador se ve afectado por cualquier enfermedad, o sufre un accidente, que le coloca en una situación en la que tiene que solicitar una baja laboral, se inicia un periodo de tiempo en el que se espera que colabore en su pronta recuperación.
Sin embargo, esas bajas no solo se pueden prolongar en el tiempo causando un trastorno económico y operativo, sino que, además, pueden despertar dudas, tanto en las empresas como en las Mutuas, sobre un posible engaño que esté quebrantando la buena fe contractual.
De cualquier manera, cuando se llega a esa situación en la que se desconfía del trabajador es bueno recordar el apartado 3 y 4 del artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores:
“El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso.”
“El empresario podrá verificar el estado de enfermedad o accidente del trabajador que sea alegado por éste para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, mediante reconocimiento a cargo de personal médico. La negativa del trabajador a dichos reconocimientos podrá determinar la suspensión de los derechos económicos que pudieran existir a cargo del empresario por dichas situaciones.”
En estos casos el empresario, o la Mutua, pueden recurrir a los servicios de detectives que confirmen si el trabajador está realizando cualquier actividad que desmienta su mal estado de salud, o que pueda entorpecer su recuperación.
👉 Los detectives pueden elaborar informes que tenga un efecto probatorio en los Juzgados de lo Social, aunque ya hemos visto que se pueden cometer errores que conduzcan a la nulidad de dichas pruebas.
⚖ Sentencia
En esta sentencia: Id Cendoj: 02003340012023100089 un detective presentó pruebas que no se consideró que demostrasen el entorpecimiento del proceso de curación, y por lo tanto el despido se consideró improcedente.
👉 Para reducir el riesgo de que las pruebas presentadas sean rechazadas en el juzgado debería de tenerse en cuenta lo siguiente:
- La vigilancia no debería de ser desproporcionada, convirtiendo el seguimiento en acoso.
- Se deben de respectar todos los derechos fundamentales del trabajador.
- No se pueden realizar acciones ilegales.
- El detective debería de ser consciente de lo que es incompatible con la baja laboral, de ese modo centrará mejor su trabajo para obtener pruebas válidas y útiles.
Asesoría fiscal, laboral, contable y jurídica, que ofrece un servicio integral y avanzado a empresas de todo el territorio nacional. Gestión fiscal, outsourcing de nóminas, auditorías fiscales, inspecciones de trabajo, grupos de sociedades, inspecciones de Hacienda…