Uno de los aspectos que más dudas genera en los clientes que tenemos en Cepresa es lo que se ha dado en llamar consolidación fiscal. Si atendemos a los que aparece en la Ley 27/2014 de 27 de Noviembre, lo que nos viene a decir es que se considera como único sujeto pasivo a todas las sociedades que dan forma a un grupo fiscal de cara a lo que es el Impuesto de Sociedades.

Se trata de un régimen absolutamente voluntario, del que merece la pena conocer otros aspectos para así poder determinar si se quiere adoptar o no el mismo. Por eso, en nuestra asesoría con sede en El Plantío (Majadahonda) procedemos a darles a conocer a quienes nos solicitan la información de lo que concierne tanto a las obligaciones que existen al respecto, como de las novedades que se han ido introduciendo en los últimos tiempos.

Si tú también quieres descubrirlas, sigue leyendo:

Obligaciones

Cuando unas sociedades deciden acogerse a la consolidación fiscal, algo que deberán hacer una vez que se ha conseguido el acuerdo de todas las que integran el grupo, deben saber que eso va a suponer que tengan que acatar y aceptar varias obligaciones, entre las que se hallan las siguientes:

  • Cada una de las sociedades dejará de tributar en el régimen individual como lo venían haciendo hasta que llegaron al mencionado acuerdo.

  • Será necesario que exista una entidad representante del grupo fiscal. En concreto, ese papel lo asumirá la que cuente con mayor presencia en el territorio de España o la que se venga a dictaminar por aquel, cuando no haya ninguna de las que posee que tenga un poder dominante, por así decirlo.

  • De la misma manera, hay que subrayar que otra de las obligaciones de las mencionadas sociedades y más concretamente de la elegida como representante será la de acogerse por completo a las obligaciones tributarias, ya sean formales o materiales, que queden establecidas y reguladas por la pertinente legislación.

  • Excepto en el caso de sanciones, es importante que quienes quieran acogerse al régimen de consolidación fiscal sepan que todas las empresas que dan forma al grupo fiscal responderán de manera absolutamente solidaria a lo que es el pago de la deuda tributaria.

  • Asimismo, otra de las obligaciones que desde Cepresa apostamos por dar a conocer a nuestros clientes es que cuando una de las sociedades, con la correspondiente información dada a la representante, sea sometida a una actuación administrativa de investigación o comprobación se producirá una serie de consecuencias. En concreto, lo que sucederá es que se paralizará lo que es el plazo de prescripción del impuesto de sociedades que, como es lógico, afecta a ese colectivo de entidades.

Novedades

Si importante es conocer todo el conjunto de obligaciones que tienen las empresas y sociedades que dan forma a un grupo fiscal, no lo es menos estar al día de las novedades que sobre la consolidación fiscal se producen. Y es que esta es la manera de no caer en ningún tipo de errores que puedan ir en contra de lo establecido por ley.

En este caso, las últimas modificaciones efectuadas han venido a establecer lo siguiente:

  • La empresa dominante-representante del grupo fiscal no sólo debe contar con la mayoría de lo que son los derechos de voto del resto de las integrantes del mismo sino que, bajo ningún concepto, debe tener su residencia en alguno de los países que tienen la denominación de paraíso fiscal.

  • Otro de los cambios y novedades más significativos que se han introducido en cuanto al régimen que nos ocupa es el que viene a determinar que ahora se permite que formen un grupo de consolidación fiscal las sociedades que estén participadas en un 75% como mínimo por un mismo socio que no cuente con residencia en nuestro país. Cuando decimos participadas nos estamos refiriendo tanto a nivel activo como a pasivo.

A grandes rasgos estos podemos decir que son las dos principales modificaciones que, en los últimos meses, se han producido respecto al régimen citado. Y esas son las que contamos a nuestros clientes en Cepresa. No obstante, tampoco dudamos en darles aún más información específica relativa a sus casos o a sus sectores en concreto para que así puedan no sólo tomar la decisión de acogerse a la consolidación fiscal sino también hacerlo en las condiciones establecidas legalmente.

¿Tienes dudas aún? Ponte en contacto con nosotros. En nuestra asesoría de Madrid contamos con la experiencia y los profesionales más cualificados, te ayudaremos de la manera más comprometida, personalizada y exhaustiva posible.