En Cepresa en muchas ocasiones recibimos la consulta de clientes a los que les da cierto nerviosismo el que un inspector de Hacienda se presente en la puerta de sus empresas, pero no porque no tengan todo como legalmente establece la ley sino porque no saben cómo deben actuar.
Ante eso, lo que hacemos es darles a conocer una serie de pautas básicas al respecto, entre las que se encuentran las siguientes:
El citado inspector se puede personar directamente en el negocio y sin avisar, pero eso sí al llegar tendrá que informar de manera conveniente y detallada del porqué de su actuación y del alcance de la misma.
También hay que tener claro que sólo podrá acceder a las instalaciones de la empresa si el dueño le da permiso o si viene con una orden judicial.
No hay que olvidar que ese profesional de Hacienda puede solicitar que la entidad estudiada en cuestión presente cierta documentación ante la correspondiente administración. Eso sí, al mismo tiempo deberá darle un tiempo a la empresa para que lo haga, es decir, que él no puede llevarse por su propia cuenta e incautando ningún tipo de documento.
No menos importante es que esa persona puede acudir y presentarse al domicilio del autónomo o empresario. En ese caso, hay que tener en cuenta que sobre la vivienda existe un derecho de inviolabilidad, por lo que únicamente podrá acceder con una orden del juez o si el propietario se lo permite.
El autónomo empresario puede solicitar que en la inspección esté presente su asesor, lo que supondría que hasta que este no se personase no se podría comenzar ningún proceso.
Con estas ideas claras, se puede hacerle frente de la mejor manera posible a la llegada de un inspector de Hacienda. No obstante, siempre ante cualquier duda, lo mejor es consultar a Cepresa.
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