Tras el acuerdo al que se llegó por parte de la patronal y los sindicatos se consiguió la prórroga de los ERTE hasta el 30 de septiembre aunque con algunos cambios y novedades.
Los ERTE por impedimento, que son aquellos que se aplican cuando una empresa no puede desarrollar su actividad debido a cualquier tipo de medida, o restricción, que hayan decidido activar las autoridades.
Los ERTE de limitación, es el que pueden utilizar las empresas que se hayan visto afectadas por limitaciones en el desarrollo de su actividad. Esto quiere decir que, pueden seguir, en parte, con su actividad, sin una limitación total.
Exoneración en los ERTE por impedimento
En este caso no hay ningún cambio con respecto a la situación anterior.
Las exoneraciones se mantienen de la siguiente manera:
En las empresas con menos de 50 trabajadores: 100% de las cuotas de la Seguridad Social.
En las empresas con 50 o más trabajadores: 90% de las cuotas de la Seguridad Social.
Exoneraciones en los ERTE de limitación
Las exoneraciones van a variar dependiendo del mes y del número de trabajadores de la empresa. Las exoneraciones no se aplican a toda la plantilla de trabajadores, sino tan solo a aquellos que estén afectados por el ERTE.
Las exoneraciones serán las siguientes:
En empresas con menos de 50 trabajadores:
- febrero: 85%
- marzo:85%
- abril:75%
- mayo: 75%
En Empresas con 50 o más trabajadores:
- febrero:75%
- marzo: 75%
- abril: 65%
- mayo: 65%.
Pasar de un ERTE por impedimento a un ERTE de limitación
Con el paso de los meses de este 2021 estamos viendo que se están reduciendo los casos de personas contagiadas por el coronavirus, y por lo tanto, también se está produciendo una disminución en la presión sanitaria por ingresos de quienes padecen la COVID-19.
De esta manera las empresas también deberían de empezar a ver cómo su actividad regresa a una cierta normalidad, por lo menos podrán retomar parte de esa actividad. Aunque, también podría suceder lo contrario, que en una situación de reducción de contagios, volviesen a incrementarse y las autoridades decretasen medidas que impidiesen el desarrollo de la actividad de algunas empresas.
Lo primero que hay que tener presente es que, si por las medidas que se adopten por parte de las autoridades, se tuviese que pasar de una situación de impedimento a otra de limitación, o viceversa, no sería necesario solicitar un nuevo ERTE.
En estos casos lo que se debe de hacer es comunicar dicho cambio a la autoridad laboral que hubiese aprobado el ERTE, y al mismo tiempo se tendría que comunicar a los representantes de los trabajadores.
Para que se puedan aplicar los nuevos porcentajes de exoneraciones se debe de presentar una declaración responsable ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
La autoridad laboral pondrá en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social este cambio, para que se controle la correcta aplicación de las exenciones.
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