Cuando un trabajador, debido a una enfermedad o a un accidente, con independencia de que se haya producido por contingencias comunes o profesionales, inicia el periodo de recuperación en el que va a recibir un subsidio, debe de proceder de manera ética de acuerdo con lo que de él se espera, es decir, que se ponga fin a ese periodo en el momento de su recuperación, y que la misma no se prolongue de manera fraudulenta o compatibilizándola con el desarrollo de alguna actividad o trabajo que no es compatible con el estado en el que se supone se encuentra el trabajador.
En el artículo 175 de la Ley General de la Seguridad Social encontramos las razones por las cuales el derecho al subsidio por incapacidad temporal puede ser denegado, anulado o suspendido:
- Cuando el beneficiario haya actuado fraudulentamente para obtener o conservar el subsidio.
- Cuando la invalidez sea debida o se prolongue a consecuencia de imprudencia temeraria del beneficiario.
- Cuando el beneficiario sin causa razonable rechace o abandone el tratamiento que le fuere indicado.
- Cuando el beneficiario trabaje, por cuenta propia o ajena, durante la situación de invalidez provisional.
Atendiendo a lo anterior, se nos pueden plantear dudas sobre cómo debe de ser el periodo de recuperación, pues ni todas las enfermedades son iguales en lo que requieren del trabajador para su recuperación, ni en todos los casos nos vamos a encontrar un mismo tipo de situaciones pues, tal vez, algunas de ellas puedan entrar en contradicción con lo que se puede exigir para ese periodo de convalecencia.
Para aclarar dudas a este respecto vamos a enumerar algunas situaciones o comportamientos que pueden ser conflictivas cuando un trabajador está de baja laboral de manera temporal.
Pero antes vamos a mencionar dos ideas fundamentales que todo trabajador debería de tener en cuenta:
- Una baja laboral solo puede prolongarse, hasta cierto límite de tiempo, mientras el estado del trabajador le impida realizar su trabajo. Esto quiere decir que no hay que esperar a una recuperación total, sino al momento en el que la enfermedad no imposibilite realizar las tareas ordinarias de su trabajo.
- El trabajador en su periodo de recuperación debe de colaborar para una rápida recuperación sin realizar tareas que vayan en contra de la misma o que puedan entorpecer o retrasar dicha recuperación.
Teniendo en cuenta esos dos puntos fundamentales para valorar qué sería mejor evitar durante el periodo en el que se mantenga la incapacidad temporal vamos a ver algunos casos en concreto que pueden plantear dudas.
¿El trabajador puede viajar durante su enfermedad?
En principio no hay ninguna prohibición en este sentido pues el trabajador tiene además la obligación de desplazarse cuando sea citado para cualquier revisión médica. Sin embargo, los viajes no pueden entrar en conflicto con la recuperación.
Un trabajador que acaba de iniciar su recuperación por una enfermedad gripal no es lógico que se marche de viaje cuando en esos casos lo que se espera es que guarde reposo.
¿Se puede practicar deporte?
La decisión que se tome dependerá del motivo por el cual se está de baja. Hay enfermedades en las que se puede aconsejar la práctica moderada de algún deporte, pero si estamos ante un caso de lesión que impide la libertad de movimiento, o que directamente es incapacitante, no sería lógico que se descubriese al trabajador practicando un deporte que ni siquiera sería posible que estuviese practicando.
En el caso de un esguince de rodilla hay que guardar reposo obligatoriamente manteniendo la rodilla inmovilizada. El periodo de recuperación puede ser de varias semanas. Por lo tanto, no es compatible con esta situación que alguien con ese tipo de lesión empiece a jugar al fútbol, o al baloncesto, en su primera semana de recuperación.
¿Es posible realizar algún tipo de trabajo desde casa durante la baja laboral?
Aunque la realización de cualquier trabajo supusiera muy poco esfuerzo, e incluso pudiera realizarse en breves periodos, hay que tener en cuenta que mientras se prolongue la incapacidad temporal se está recibiendo un subsidio, y por lo tanto, la baja en el trabajo supone un esfuerzo económico que busca proteger derechos y propiciar una rápida recuperación. Esto no es compatible con realizar otros trabajos, ni siquiera en situaciones de pluriempleo.
Trabajar, aunque sea desde casa en tareas que requieran poco esfuerzo, puede conducir a una situación de fraude a la Seguridad Social y al despido del trabajador.
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