Las acciones u omisiones que cuenten con carácter culposo o doloso y que se encuentren recogidas y sancionadas con la Ley 58/2003 de 17 de Diciembre, la Ley General Tributaria. Esas son las infracciones tributarias, que son las que dictamina Hacienda y que propician que este organismo determine una sanción acorde a las mismas.
El hecho de que sean “castigadas” es lo que más preocupación despierta entre la población. De ahí que sean numerosos los clientes que no dudan en confiar en nuestra empresa, en Cepresa, no sólo para que les ayudemos a evitar incumplir la ley de esa manera sino también para que les podamos resolver todas sus dudas acerca de las mencionadas infracciones tributarias.
En ese caso, en el de la información, nuestros expertos lo que hacen es apostar por darles los datos más necesarios e importantes que merece la pena conocer al respecto de estas:
En concreto, las infracciones de ese tipo se dividen en tres grupos diferentes: leves, graves y muy graves, las cuales llevarán al abono de una cuantía económica, en base a la clase a la que pertenezcan.
Para que se considere que se ha incurrido en una y que, por tanto, esa circunstancia va a ir asociada a una sanción, se tendrá en cuenta por parte de Hacienda si se ha hecho uso de documentos falsos o falseados, si se ha ocultado información de manera voluntaria e incluso si se han empleado medios que están claramente definidos como fraudulentos. De la misma manera, también se tendrá en consideración si se ha optado por hacer partícipe a un tercero de la situación, de cara a ocultar o “esconder” al verdadero responsable.
A grandes rasgos, estos son los principales datos que nuestros asesores les dan a conocer a los clientes que quieren tener información real y certera de las infracciones tributarias. No obstante, de la misma manera proceden a hacerles partícipes de cuáles son las más frecuentes. Y en este caso son las que se refieren a haber obtenido devoluciones en Hacienda de manera absolutamente indebida, las de no haber abonado en el plazo establecido los impuestos que son obligados o incluso las de no cumplir correctamente con la obligación de presentar adecuadamente las declaraciones.
Si tú tienes también dudas sobre estas cuestiones o si quieres que te ayudemos a no caer en las mismas, consúltanos, disponemos de los mejores y más cualificados profesionales.
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