Por muchas circunstancias y avatares de la vida, una sociedad puede llegar a su fin. Una situación que no será agradable para quienes estén al frente de la misma, pero que se verá necesaria para poder seguir con otros proyectos. En ese momento, a la hora de concluir la vida de dicha empresa, es cuando surgen numerosas dudas respecto a cómo hacerlo.
Con eso último a lo que nos referimos es al hecho de que empiezan a confundirse términos que son importantes en ese proceso, pero que son diferentes. Es el caso de los conceptos de liquidación y de disolución.
En lo que respecta a la liquidación, tenemos que dejar patente que se trata del conjunto de transacciones que son necesarias acometer en la etapa final de la sociedad. Son las consistentes en cobrar las cuentas de esta, reembolsar los remanentes a los socios, pagar los pasivos y acometer los activos…
Todas esas acciones hay que determinar que serán llevadas a cabo por las personas que se nombren como liquidadores. En concreto, entre sus funciones más importantes estarán vender los bienes que posea la sociedad, acometer el balance final, concluir todas las operaciones sociales, liquidar las deudas y cobrar lo que se deba, liquidar el importe de las inversiones de cada socio…
Por otro lado, hemos mencionado que está la disolución. De esta podemos afirmar que se trata del acto en sí por el que se procede a realizar la extinción de la sociedad. Se hace cuando esta no cuenta ya con lo que es la capacidad legal necesaria para cumplir con los objetivos que tenía marcados.
Entre las múltiples causas que pueden dar lugar a lo que es el establecimiento de dicha disolución están que el número de socios se haya reducido más allá del mínimo exigido, que esos se pongan de acuerdo, que resulte imposible continuar con la sociedad para alcanzar los fines que se habían fijado…
Además de todo lo indicado podemos mencionar que la sociedad en disolución solo estará subsistiendo para poder acabar con las distintas relaciones que rodean a la misma, por ejemplo a finiquitar los vínculos entre los accionistas, entre estos y terceros o directamente con estos.
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