Tener al día la relación con la administración, especialmente con la Tributaria, es muy complejo y también necesario. De ahí que sea imprescindible contar con la ayuda de una asesoría como la nuestra, Cepresa, que se encarga de asesorar, informar y ayudar a conseguir que todo esté en regla y realizado de la manera adecuada.
Muchas son las situaciones que se nos presentan a diario con nuestros clientes y entre esas está la relacionada con la amortización y la deducción. En concreto, tienen serias dudas respecto a si es posible acometer la citada deducción de amortizaciones de activos de años anteriores que no computaron, bien porque se les olvidó o bien por otras razones.
En ese caso, les venimos a indicar que sí, que lo pueden hacer. No obstante, como es lógico, deben llevarlo a cabo teniendo en cuenta que desde la Administración se establecen dos condiciones fundamentales. Son situaciones que deben darse, sí o sí, porque de lo contrario no sería posible la mencionada deducción.
En concreto, los criterios que se establecen son los siguientes:
Es importante y necesario que las amortizaciones que se deseen acometer no hagan referencia a lo que serían ejercicios que tengan más de cuatro años. Y es que de superar ese tiempo los mismos claramente ya han prescrito.
De la misma manera, se determina que no hay que pasar por alto el hecho de que, bajo ningún concepto, la contabilización última venga a suponer una tributación menor de la que hubiera sido si se hubiera realizado cuando hubiera correspondido.
Si se cumplen estas circunstancias se puede conseguir, por tanto, realizar sin ningún tipo de inconveniente lo que es la deducción de la amortización de años previos, la cual se acometerá en relación a lo que es el Impuesto de Sociedades pertinente.
A grandes rasgos, esta es la información que desde Cepresa no dudamos en ofrecer a todos los clientes que tienen dudas en esta materia. No obstante, como es lógico les atendemos personalizadamente, revisando las particularidades de sus casos y resolviéndoles todas las dudas que, aún a pesar de lo explicado pudieran tener. Y es que solo así podrán cumplir de modo adecuado con sus compromisos fiscales.
Si necesitas ayuda al respecto, ponte en contacto con nosotros sin compromiso. Te daremos la atención y los servicios que requieres.
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