Numerosas son las siglas que se utilizan en el día a día de la gestión de negocios, de la relación con la Administración, de la facturación…Y a todas esas hay que unir una nueva más. Nos estamos refiriendo a la que se conoce como DER.
¿Quieres saber qué se esconde detrás de las mismas? Te lo indicamos a continuación desde Cepresa, asesoría en El Plantío (Majadahonda), para que puedas salir de dudas y estar al día de todo lo que tiene que ver con tu empresa.
En concreto DER es sinónimo de Documento Electrónico de Reembolso del Impuesto sobre el Valor Añadido a los Viajeros. Sí, del que se hace entrega al turista de fuera de la Unión Europa que ha realizado compras durante su estancia en España. Y es que gracias a ese documento lo que va a poder conseguir es que se le devuelva el IVA de las mismas.
La Agencia Estatal de Administración Tributaria es quien se encuentra detrás de la confección y reenvío del DER, un documento que forma parte del nuevo procedimiento que se ha puesto en marcha en este sentido. Se trata del sistema DIVA, que lo que permite es que ese reembolso del impuso a los citados extranjeros se pueda realizar de una manera más rápida y menos engorrosa, beneficiando tanto a los compradores como a los propios negocios online.
Y es que al proceso es el siguiente:
Una vez que se han realizado las citadas compras por parte del turista, desde la propia tienda se procede a enviar a Hacienda, de manera telemática, la factura correspondiente donde queda claramente desglosado el IVA y donde aparecen todos los datos exigidos por ley.
Después, cuando la Administración recepciona dicha factura, procede a remitir el DER al negocio en cuestión para que se lo entregue al turista. Este lo que deberá hacer es proceder, en el plazo máximo de 3 meses, a diligenciar el documento en las máquinas habilitadas para tal fin en las aduanas de puertos o aeropuertos de nuestro país.
Cuando se ha acometido ese “sellado digital”, Hacienda revisará que todo está correcto y se lo comunicará a la tienda donde el extranjero realizó sus compras para que proceda a devolver el dinero del IVA que se le cobró. El reembolso se puede producir de distintas maneras (cheque, transferencia, cargándolo en la tarjeta…) y en un plazo máximo de 15 días.
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