Como bien sabrás, cuando se tiene a empleados trabajando en una empresa y estos sufren un accidente dentro de lo que es su horario laboral y realizando tareas que tiene encomendadas es necesario que se dé cuenta de lo ocurrido a la administración. Y eso es algo que se debe llevar a cabo a través de lo que se conoce como sistema DELTA.
El citado recurso podemos determinar que es un sistema de comunicación que se debe emplear para llevar a cabo la notificación y el pertinente tratamiento de los accidentes de trabajo. Gracias al mismo lo que se logra es agilizar el proceso, eliminar lo que podrían ser los costes de grabación e incluso facilitar la comunicación entre las partes implicadas. Todo eso sin olvidar, por supuesto, que también con esta herramienta se apuesta por mantener en todo momento la privacidad y confidencialidad.
En Cepresa, asesoría con sede en El Plantío, recibimos muchas consultas por parte de clientes respecto al citado recurso, que está dirigido fundamentalmente a empresas y autónomos. Dudas que resolvemos de manera diligente y eficaz al tiempo que les damos a conocer tanto las principales particularidades como las últimas novedades que al respecto han ido surgiendo, entre las que destacan las que exponemos a continuación:
Accidentes sin baja
Los accidentes de trabajo de empleados que no han requerido sin baja deben comunicarse a través del sistema DELTA y para eso deben seguirse estas pautas:
El empresario es el que deberá informar del mismo en el plazo de los cinco primeros días hábiles del mes siguiente al de ocurrencia del accidente en cuestión.
Cuando no se comunique en el tiempo establecido o de la forma indicada se caerá en una infracción leve.
Se acometerá haciendo utilización del procedimiento electrónico establecido y del modelo indicado para estos casos.
Si el accidente tiene la particularidad de que afecta a varios trabajadores se tendrá que proceder a establecer una relación de los mismos. Es decir, deberán existir tantos registros como empleados se hayan visto afectados.
Comunicación de fallecimiento
De la misma manera, hay que ser conscientes del hecho de que también es imprescindible que cuando un empleado haya sufrido un accidente laboral y a causa del mismo haya fallecido también debe informarse de lo sucedido a la administración a través del sistema DELTA.
En este caso concreto hay que tener en cuenta que esa acción debe realizarse, como así informamos desde Cepresa a nuestros clientes, partiendo de estas pautas y novedades:
Debe llevarse a cabo antes del día 10 del mes siguiente al de referencia de los datos que han tenido lugar.
La falta de remisión de esta información puede conllevar una sanción pertinente, como así está recogido en la normativa vigente tanto a nivel estatal como autonómico.
Es necesario comunicar el fallecimiento incluso cuando este se haya producido por causas que han sido totalmente ajenas al accidente laboral ocurrido.
En este caso, hay que tener en consideración que esta acción que nos ocupa no debe ser realizada por el autónomo o por la empresa en cuestión sino por la Mutua, la Entidad Aseguradora o la Entidad Gestora de la Seguridad Social que ha llevado a cabo lo que era el trámite de baja médica debido al accidente.
Como es lógico, dicha comunicación se debe realizar siguiendo el procedimiento electrónico indicado y empleando el modelo que está establecido para ello.
A grandes rasgos, estos podemos decir que son los principales datos de interés que les damos a conocer desde nuestra asesoría a todos los empresarios y autónomos que nos piden ayuda a la hora de saber cómo comunicar a través del sistema DELTA tanto un accidente de trabajo sin baja como uno que haya acabado, de manera dramática, en fallecimiento. No obstante, tampoco dudamos en exponerles todo lo que se refiere a la comunicación urgente, que es la que se debe realizar en el plazo de 24 horas cuando se ha producido la muerte de un empleado, cuando un accidente ha generado un daño a cuatro o más trabajadores y también cuando al menos uno de los heridos presenta lesiones graves.
De la misma manera, hay que saber estos otros datos de esa citada comunicación urgente:
No se usa en casos de accidente “in itinere”.
Debe ser realizada por el empresario y puede acometer bien mediante el citado sistema o a través de otros medios como pueden ser el teléfono, el email e incluso el fax.
Si se lleva a cabo a través de DELTA, este recurso la permite realizar sin necesidad de tener que emplear lo que sería el certificado digital.
Si quieres conocer más datos sobre cualquiera de las indicaciones expuestas o sobre otras relacionadas con ese sistema en pro de evitar sanciones y sujetarte a la normativa en cuanto a accidentes laborales, no dudes en confiar en nuestra asesoría.
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