La siniestralidad laboral es uno de los aspectos a los que más atención deben prestar los empresarios. De esta manera, deben tomar las medidas necesarias para que sus empleados puedan realizar sus funciones de forma totalmente segura para así evitar que puedan sufrir algún tipo de daño. No obstante, lamentablemente en ocasiones se producen accidentes.
En el caso de que esos sucedan cobran protagonismo los partes de accidentes de trabajo (PAT). Estos son los documentos oficiales que el empresario debe utilizar para dar cuenta a la mutua o entidad gestora, con la que tenga concertadas tanto las enfermedades profesionales como los citados accidentes, de lo que ha sucedido con uno o varios de sus empleados.
En nuestra asesoría Cepresa, desde nuestro departamento laboral, ayudamos a todos esos clientes que tienen que llevar a cabo un parte como los citados. Documento en el que juegan especial relevancia los siguientes elementos o aspectos:
Datos personales del trabajador accidentado como son nombre y apellidos, sexo, el número de la afiliación a la Seguridad Social, nacionalidad, fecha de nacimiento, identificador de persona física, fecha en la que entró a trabajar en la empresa, ocupación y situación profesional, entre otros.
Datos de la empresa donde está dado de alta: código de cuenta de cotización, NIF, nombre la empresa y actividad que realiza…
Datos referentes al lugar donde se ha producido el accidente. Y es que no solo se ha podido producir en el propio centro de trabajo sino también mientras el empleado se dirigía al mismo, al ir o al volver de su trabajo o en otro centro de trabajo.
Los datos del accidente. En este apartado deben incluirse desde la fecha en la que sucedió hasta la hora pasando por si sucedió realizando su trabajo, la descripción del mismo, las causas, los testigos o si ha afectado a más de un empleado o no, entre otras cosas.
Datos asistenciales, que se refieren tanto a la descripción de la lesión como al grado de la misma. También se incluyen la parte del cuerpo que se ha visto afectada, el tipo de asistencia, la hospitalización…
Los datos económicos, como la base de cotización, y los actores implicados así como los sellos y firmas son los otros elementos esenciales de un parte de accidente.
Es importante saber que debe proceder a presentarlo en el plazo máximo de 5 días hábiles desde que se produjo el accidente o bien desde la fecha de baja del trabajador en cuestión. Presentación que debe realizarse a través del llamado sistema Delt@ y luego la citada entidad gestora que lo recibe tendrá 10 días hábiles para dar cuenta a la autoridad provincial en la materia.
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