Una de las dudas más frecuentes de quienes desean poner en marcha algún proyecto o negocio, hace referencia a la obligación, o no, de ser autónomo para que su actividad sea legal: ¿se puede facturar sin ser autónomo? Pues bien, ahora vamos a resolver esta duda.
Toma nota si deseas librarte de esa pregunta que tanto atenaza a quienes temen que en sus comienzos los ingresos no lleguen a ser suficientes para cubrir gastos.
Pues bien, la respuesta es que sí. Se puede facturar sin la necesidad de estar dado de alta como autónomo. No obstante, para eso hay que cumplir con una serie de requisitos o de condiciones como son estas:
Para poder hacerlo hay que estar dados de alta en Hacienda.
Los ingresos obtenidos con las citadas facturas que se realicen deben ser declarados como ingresos obtenidos tanto mediante el IRPF como a través del IVA.
También es importante saber que para poder llevar a cabo la opción que nos ocupa también es necesario, o recomendable, no sobrepasar al año, como ingresos, el salario mínimo interprofesional. Al no superar esa cantidad se podrá facturar sin darse de alta como autónomo, aunque, como hemos mencionado, en el punto anterior, sí habrá que declarar los pertinentes ingresos.
Teniendo esto en cuenta ya puedes llevar a cabo la realización de facturas sin ser autónomo, como hemos mencionado. Una alternativa que te puedes plantear, sobre todo, si no tienes claro cuál puede ser el rumbo de la actividad que desarrollas.
No obstante, piénsalo bien de cara, sobre todo, a tu futuro. En concreto, hay que tener en cuenta que, como ya te hemos dado a conocer desde Cepresa, en la actualidad se han llevado a cabo medidas para favorecer el emprendimiento. Es decir, mediante la nueva ley de autónomos se ha optado por plantear una tarifa plana que te puede resultar muy interesante. Esta consiste en lo siguiente:
Quien se dé de alta como autónomo pagará durante un año 50 euros al mes y no los 275 euros que tienen los autónomos como base mínima en concepto de cuota de cotización.
De la misma manera, el segundo año existen otros beneficios. Así los primeros seis meses pagarán solo el 50 % de la citada cuota y los otros seis meses restantes abonarán solo el 30 % de la misma.
Ahora ya tienes toda la información que necesitas para poder tomar una decisión respecto a facturar sin ser autónomo o a darte de alta como tal.
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