Muchas han sido las personas que se vieron perjudicadas por las conocidas cláusulas suelo. No obstante, de manera afortunada, gracias a una decisión judicial, ese dinero ha comenzado a ser devuelto por las entidades bancarias que las establecieron.
Precisamente tú puedes ser uno de esos ciudadanos que ha tenido la suerte de haber recibido la devolución, pero, ¿sabes qué? Que tienes que regularizar tu situación a nivel fiscal y tributario. Sí, porque esa cantidad puede traer consigo, entre otras, que se vea modificado en gran medida tu IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
En nuestra asesoría de Madrid, Cepresa, tenemos a los mejores expertos y profesionales para sacarte de dudas. Y no solo eso sino también para ayudarte a regularizar esa circunstancia en pro de evitar que caigas en errores. Desde este artículo queremos ofrecer información de interés a todos nuestros lectores:
Por regla general, no hay que incluir en la declaración del citado IRPF ni las cantidades recibidas por la devolución de los intereses pagados ni tampoco los intereses indemnizatorios reconocidos de las cláusulas suelo.
No obstante, hay que tener en cuenta ciertos matices cuando esos intereses hayan formado parte de deducciones establecidas por las comunidades autónomas o de la deducción por inversión en lo que es la vivienda habitual. Y también hay matices a considerar cuando se trata de intereses que hayan sido objeto de deducción como gastos de actividad económica o gastos del capital inmobiliario.
En concreto, se viene a indicar por normativa que quienes utilizaron la hipoteca para comprar su vivienda habitual antes de 2013 y disfrutaron de las deducciones existentes en ese momento, cabe la posibilidad de que tengan que devolver un parte del incentivo. Sí, del que les fue aplicado.
Quienes compraron una vivienda para uso individual no tendrán que declarar la devolución de las cláusulas suelo como ingreso.
De la misma manera, quienes dedujeron los intereses como gasto o quienes usaron el inmueble para el alquiler o actividad comercial, sí tienen que regularizar su situación con el IRPF. En concreto, tienen que declarar la devolución que han recibido.
Estos son los aspectos más importantes que es necesario conocer al respecto. Esperamos que estos breves consejos te hayan ayudado a comprender mejor cuál es tu situación y qué debes de hacer para cumplir con tus obligaciones fiscales.
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